APORTE SOCIAL Y AHORRO PERMANENTE

Tiene como propósito mantener el vínculo de afiliación a Fecopi a través de una cuota periódica quincenal deducible por nómina de naturaleza estatutaria de acuerdo a los siguientes rangos (sujeto a cambios de acuerdo a la normatividad):

El ahorro ordinario estará distribuido de la siguiente manera: El 80% de la cuota quincenal se destina para el Ahorro Permanente y el 20% para el Aporte Social, según se consagra en los estatutos de Fecopi.

Los Aportes Sociales y Ahorro Permanente sólo serán devueltos cuando se produzca la desvinculación del asociado de Fecopi previa compensación con las deudas que se tengan en el momento de vinculación.